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Propiedad Intelectual
Propiedad Intelectual
PATENTES
Es el documento expedido por el Estado para hacer constar el derecho exclusivo temporal, que una persona física o jurídica tiene para explotar a nivel industrial un invento que reúna las exigencias legales.
- Beneficios del Registro:
permite a un inventor, a su causahabiente o cesionario, explotar de un modo exclusivo un invento durante un tiempo determinado, es decir impide temporalmente a otros la fabricación, venta o utilización comercial en México de la invención protegida; mediante el cumplimiento de ciertas obligaciones que establecen las leyes. vigencia 20 años.
- ¿Que es patentable?:
las invenciones que sean nuevas, resultado de una actividad inventiva y susceptible de aplicación industrial.
MODELO DE UTILIDAD
Son objetos, utensilios, aparatos o herramientas que como resultado de una modificación en su disposición, configuración, estructura o forma, presenten una función diferente respecto de las partes que lo integran o ventajas en cuanto a su utilidad.
- Beneficios del Registro:
derecho exclusivo de explotación en su provecho, por sí o por otros con su consentimiento, de acuerdo con las disposiciones contenidas en la ley y su reglamento. vigencia 10 años. más información.
DISEÑO INDUSTRIAL
Serán registrables los diseños industriales que sean nuevos y susceptibles de aplicación industrial.
Se consideran nuevos los diseños que sean de creación independiente y difieran en grado significativo, de diseños conocidos o de combinaciones de características conocidas de diseños.
MARCAS
Es el signo de que se valen los industriales, comerciantes y prestadores de servicios para diferenciar sus mercancías o servicios de los de sus competidores. Vigencia 10 años.
Beneficios del Registro.
- Derecho al uso exclusivo de la marca.
- Derecho de perseguir a infractores.
- Derecho a exigir reparación del daño y pago de daños y perjuicios. más información.
- Derecho de obtener la expedición del dictamen técnico para el ejercicio de la acción penal en caso de delito.
- Derecho de solicitar la práctica de medidas precautorias en caso de violación de derechos.
- Derecho de solicitar la nulidad de registros marcarios.
- Derecho de transmisión total o cesión.
- Derecho de otorgar licencias.
- Derecho de renovar el registro.
- Derecho de renunciar al registro mediante su cancelación.
- Derecho de ostentar la leyenda marca registrada, su abreviatura o el símbolo ®.
- Derecho de limitar los productos o servicios amparados, en forma voluntaria.
- La protección de tu imagen y prestigio comercial
- La posibilidad de franquiciar su producto o servicio.
- La posibilidad de cobrar regalías.
- la confianza del público consumidor
- más clientes más utilidades
AVISO COMERCIAL
Se considera aviso comercial a las frases u oraciones que tengan por objeto anunciar al público, establecimientos o negociaciones comerciales, industriales o de servicios, productos o servicios, para distinguirlos de los de su especie. Vigencia 10 años Más información.
TARIFAS ESPECIALES PARA AGENTES INTERNACIONALES QUE QUIERAN REGISTRAR ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL.
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